30 de septiembre, 2016
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Artículo escrito por José María Ferrer, Jefe de Legislación Alimentaria de Ainia centro tecnológico.

Cuando una empresa se plantea el reto de la internacionalización de su actividad, no sólo debe diseñar un plan de negocio o un plan de acción que le ayude a llegar al público de otros países, también debe poner sobre la mesa elementos jurídicos que vienen determinados por el Derecho Alimentario y que en caso de no ser considerados podrían dar al traste con su iniciativa a la hora de exportar sus alimentos a cualquier país del mundo. De entre esos aspectos vinculados al ámbito jurídico alimentario hemos destacado tres de ellos: el etiquetado o información sobre el alimento, la composición o formulación del producto y los requerimientos administrativos que es imprescindible considerar al internacionalizar la actividad alimentaria.

El etiquetado y la información sobre nuestro producto

La información que sobre nuestro producto queremos hacer llegar al consumidor internacional siempre ha de regirse por la legislación aplicable en el país de destino, en consecuencia, es imprescindible que conozcamos la regulación equivalente a nuestro Reglamento 1169/2011 para adecuar el etiquetado del producto destinado a ese tercer país.

De los tres elementos clave, hablamos en primer lugar sobre la información del producto, dado que por nuestra experiencia es un punto crítico para acceder a los nuevos mercados, ya que en ocasiones la empresa alimentaria que no ha contrastado la adecuación de su etiquetado al país de destino y por ejemplo lo fía a las indicaciones que le ha dado el importador o al hecho de que su producto respete las exigencias en materia de información y etiquetado vigentes en la Unión Europea, puede llevarse una sorpresa desagradable consistente en que impidan que su producto pase de la aduana y por lo tanto tenga que destruir su mercancía o en el mejor de los casos re-etiquetar el producto para comercializarlo en el país de destino.

En este punto es muy importante la labor previa para valorar las exigencias del mercado de destino, ya que nada tiene ver un producto destinado a los Estados Unidos con uno destinado a los Emiratos Árabes, el mejor consejo es hacer una revisión legal previa de las exigencias legales, ya que este trabajo nos ahorrará costes económicos y disgustos.

Composición o formulación del producto

Una vez que hemos asegurado que transmitimos de forma correcta y adecuada la información sobre nuestro producto, no podemos olvidar la composición del mismo, dicho de otra manera, si hemos cuidado la formas, también deberemos velar por el fondo de la cuestión.

Basándonos en nuestra experiencia vemos que en ocasiones productos legalmente producidos y elaborados en la Unión Europea tienen problemas a la hora de entrar en otros mercados internacionales por cuestiones tan fácil resolución como es emplear un aditivo alimentario no permitido en ese país de destino y que en cambio sí lo está en la Unión Europea. ¿Qué significa esto?, que nos podemos encontrar con un problema para que nuestro producto entre en un país tercero al haber confiado en que los mismos aditivos que se admiten en la UE o por qué no la normativa del Codex Alimentarius no están permitidos en ese país en el que pretendemos comercializar nuestro producto. Planteo el ejemplo de los aditivos, ya que si bien en un 80 o 90% de los aditivos que emplea la industria alimentaria en todo el mundo están permitidos, nos estamos encontrando con exigencias específicas en los distintos países.

Este es un ejemplo claro de que es vital cuidar la formulación de nuestro producto para evitar incidentes, por supuesto, también hemos de considerar otras características, quizás más obvias como pueden ser consideraciones de tipo religioso en cuanto a la presencia o no de ciertos ingredientes entre otros aspectos.

Registros administrativos

La industria alimentaria, como otros sectores, se queja en muchas ocasiones de la burocracia existente en España o la UE, bien esta circunstancia no es ajena en otros países del mundo. Dada esta situación, además de los aspectos previamente comentados también hay que chequear los requerimientos exigidos en estos países, no pensemos sólo en el tópico en cuanto a las exigencias de la FDA norteamericana, ya que mercados no tan potentes como el estadounidense, también tienen sus propias exigencias administrativas, sirva otro ejemplo, en algunos países africanos es necesario el registro no sólo de las empresas locales, sino también de las que exportan o importan, además de los propios alimentos, nos sorprendería ver el grado de detalle que algunos países centroafricanos exigen para garantizar la seguridad alimentaria de su población.


El éxito de un proceso de internacionalización de una empresa agroalimentaria se basa en múltiples factores, siendo uno de los más importantes en la primera fase el control y aseguramiento de las exigencias legales en la materia en el país destino. Por lo tanto, tengamos muy presente el elemento regulatorio, ya que todo el trabajo realizado antes desde otras áreas podría quedar en nada si alguno de estos aspectos, no se cumple a la hora de comercializar en otros países nuestros alimentos.

Si necesita un asesoramiento legal sobre estos temas en AINIA contamos con un equipo de especialistas que pueden ayudarle a resolver cuestiones vinculadas a la internacionalización. Este asesoramiento legal le permitirá tener un servicio integral, que le aportará valor añadido en su trabajo. Si está interesado en conocer qué le podemos ofrecer, visite www.lexainia.com. También le invitamos a participar de la conversación del grupo específico de Linkedin Legislación Alimentaria.

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